Funciones

  1. Asesorar al Personero y a los demás funcionarios de la entidad en los asuntos de orden jurídico y en la interpretación de las normas constitucionales y legales.
  2. Representar la entidad judicial y extrajudicialmente, de acuerdo con las normas vigentes y los mandatos otorgados por el Personero.
  3. Atender y dar respuesta a los  derechos de petición en cumplimiento a las directrices señaladas por el Personero Municipal y Personero Auxiliar.
  4. Divulgar la Constitución y adelantar programas de promoción, prevención, educación y concientización de los derechos humanos y del Derecho Internacional Humanitario en el Municipio.
  5. Fomentar, y Realizar Capacitaciones en Derechos Humanos, Derecho Internacional Humanitario y Mecanismos de Participación Ciudadana.
  6. Identificar problemáticas y casos que afecten los derechos humanos de los habitantes del Municipio.
  7. Accionar figuras de amparo de derechos fundamentales de rango individual o colectivo; sea el caso de la incoación de acciones de tutela, acciones populares, derechos de petición, acciones de grupo,  acciones de cumplimiento, amparo de pobreza, revocatorias, etc.
  8. Atender las consultas y quejas en materia de derechos humanos en el Municipio; presentar las respectivas denuncias ante las autoridades competentes y hacer el seguimiento de los casos.
  9. Adelantar las gestiones encaminadas a que cesen los actos de amenaza o violación de derechos humanos en el Municipio.
  10. Llevar registros estadísticos de las violaciones a los derechos humanos que sean denunciadas en el Municipio.
  11. Velar por la defensa y protección de los derechos humanos de las personas privadas de la libertad en las estaciones de Policía y centros de reclusión del Municipio.
  12. Velar por la protección y defensa de los derechos del menor e informar a las autoridades competentes para que se tomen de inmediato las medidas necesarias para su protección.
  13. Velar por la defensa y protección de los derechos humanos en los centros de atención a la población adulta mayor, instituciones de salud, centros educativos y hogares infantiles ubicados en el Municipio.
  14. Velar por la equidad de género en la protección y defensa de los derechos humanos y brindan especial atención a las mujeres cabeza de familia y otros sectores de población vulnerable.
  15. Velar por que se establezcan mecanismos de detección, prevención y atención de casos de violencia intrafamiliar en el Municipio.
  16. Solicitar de los funcionarios de la rama judicial, los informes que considere necesarios sobre hechos que se relacionen con la violación de los derechos humanos.
  17. Velar por el adecuado funcionamiento de los comités de atención integral para la población desplazada y propiciar la participación ciudadana en la vigilancia del debido cumplimiento de la gestión pública.
  18. Adelantar las acciones en cumplimiento de la Ley 387 de 1997 y Ley 1448 de 2011
  19. Coordinar el trabajo con la Oficina de Atención a victimas de la violencia las acciones encaminadas a la protección de sus derechos.
  20. Prestar Asesoría jurídica y elaborar los derechos de petición, acciones de tutela y demás acciones a la ciudadanía en general que lo requiera.
  21. Interponer recursos jurídicos en defensa de los derechos de los ciudadanos cuando la mediación ante las entidades requeridas no es efectiva o no hay respuesta oportuna.
  22. Hacer seguimiento puntual al Plan de Desarrollo Municipal en los programas relacionados con educación, salud, grupos específicos, recreación y deporte, cultura, paz, justicia y seguridad.
  23. Asesorar, orientar, capacitar, hacer acompañamiento y  ejecutar acciones de prevención y sensibilización en temas sobre: Ley de infancia y adolescencia; protección de derechos constitucionales y legales de niños, niñas y adolescentes; violencia intrafamiliar; maltrato; explotación; conflictos escolares; entre otros
  24. Promover acciones tendientes a la solución de las diversas problemáticas que se presentan en los distintos sectores poblacionales: niñez,  adolescencia, mujer, adulto mayor, discapacidad, población carcelaria y la familia.
  25. Acompañar a la Policía, en planes operativos que se llevan a cabo en los diferentes bares y  establecimientos públicos y en las  requisas en colegios; con el fin de garantizar los derechos de los niños, niñas y  adolescentes.
  26. Ofrecer capacitaciones,  charlas educativas, jornadas lúdicas recreativas,  dirigidas a niños, niñas y adolescentes, de colegios públicos y privados,  con el fin  de inculcarles  valores y sensibilizarlos en el respeto por  los derechos humanos, Ley de Infancia y Adolescencia,  erradicación del trabajo infantil. Así mismo en temas sobre problemáticas de drogadicción, de pandillas, de delincuencia y de falta de convivencia pacífica a los líderes sociales en general.
  27. Asesorar, orientar, elaborar y remitir a la autoridad competente las quejas o peticiones de los niños, niñas y adolescentes, adultos mayores y habitantes de la calle.
  28. Desarrollar acciones y aportar elementos de análisis para la difusión, promoción y vigencia de los Derechos de las mujeres, así como para la identificación de los obstáculos para su ejercicio y para el acceso y la materialización de la justicia.
  29. Intervenir como agente del Ministerio Público en los procesos que se adelante en las Comisarías de Familia e Inspecciones de Policía.
  30. Velar por el respeto de los derechos humanos de los ciudadanos recluidos establecimientos  psiquiátricos, hospitalarios, ancianatos  y orfelinatos.
  31. Ejercer por delegación del personero municipal la función del ministerio público ante las unidades de fiscalía  en función de Control de Garantías, conforme a la constitución y a la Ley
  32. Procurar como representante de la sociedad, la sanción de las infracciones de la ley penal, la defensa de las personas acusadas sin justa causa, la protección de los derechos humanos de los procesados y la indemnización de los perjuicios causados con la infracción.
  33. Pedir la practica de pruebas conducentes al esclarecimiento de la verdad, y las medidas de aseguramiento o la libertad del procesado. Presentar alegatos e interponer recursos, asistir e intervenir en las audiencias públicas, y en general, intervenir con funciones de control de garantías  en las diligencias y actuaciones del proceso penal por invitación  del Juez Penal que estén de turno en Floridablanca.
  34. Acompañar mediante reparto a los órganos y entidades que desarrollan funciones de Policía Judicial en la verificación de los procedimientos que les son propios dentro de la etapa de investigación del proceso penal.
  35. Adelantar actividades orientadas a  la prevención de los delitos contra  la administración  y  la  fe públicas  e impulsar actividades  de  prevención y control de prácticas de corrupción.
  36. Presentar informes  de las actividades realizadas en cumplimiento de sus funciones cuando le sean solicitados por el Personero Municipal y Personero Auxiliar.
  37. Denunciar ante las autoridades competentes los hechos o actuaciones irregulares de los funcionarios públicos.
  38. Responder por los elementos que se le suministren para el ejercicio de sus funciones.
  39. Asistir a los cursos de actualización y demás actividades desarrolladas por la Personería Municipal.
  40. Ejercer las demás funciones inherentes al cargo y delegadas por el Personero Municipal de acuerdo con el nivel y el área de desempeño del cargo.
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