La Personera Auxiliar enmarca sus actividades dentro de la ley 734 de 2002, la cual incluye la vigilancia de la conducta oficial y el comportamiento en el cumplimiento de sus funciones por parte de los servidores públicos al servicio del municipio y sus entidades descentralizadas.
A LA PERSONERA AUXILIAR LE CORRESPONDE según ACUERDO 007/2012:
- Asesorar al Personero y a los demás funcionarios de la entidad en los asuntos de orden jurídico y en la interpretación de las normas constitucionales y legales.
- Suplir al Personero Municipal en sus ausencias temporales y definitivas.
- Dirigir, coordinar, supervisar y controlar la gestión y los funcionarios a su cargo.
- Dirigir, coordinar y controlar los asuntos jurídicos de la entidad
- Representar la entidad judicial y extrajudicialmente, de acuerdo con las normas vigentes y los mandatos otorgados por el Personero.
- Preparar los proyectos de actos administrativos, que se deriven de la actividad de la entidad de conformidad con la normatividad vigente.
- Estudiar, evaluar y conceptuar sobre los asuntos jurídicos de la entidad.
- Emitir, proyectar, delegar, revisar y aprobar la respuesta a los derechos de petición presentados por el público en general sobre los asuntos de la entidad.
- Velar por la recopilación, actualización y divulgación de la normatividad relacionada con la entidad
- Conocer, adelantar, sustanciar las indagaciones e investigaciones disciplinarias en contra de los servidores públicos del Municipio de Floridablanca, Entes Descentralizados y Funcionarios de la Personería Municipal con sujeción a las disposiciones, facultades, competencias y procedimientos establecidos en la normatividad legal vigente.
- Tramitar y direccionar las comisiones emitidas de la Procuraduría General de la Nación y demás entidades del Estado que lo requieran.
- Remitir en el ejercicio del poder preferente las quejas o investigaciones disciplinarias a las oficinas de control interno disciplinario del Municipio de Floridablanca o de sus entidades Descentralizadas aplicando el criterio de selección estipulado dentro de las normas Internas vigentes en la Personería.
- Revisar, evaluar y realizar seguimiento a las actuaciones que en función de las investigaciones disciplinarias, adelanten las oficinas de control interno disciplinario del Municipio de Floridablanca y de sus entes descentralizados.
- Llevar, coordinar y controlar los registros estadísticos de los procesos de su competencia y de los funcionarios a su cargo.
- Emitir certificaciones sobre los asuntos asignados y de su competencia..