De acuerdo con la ley 1448 de 2011 y Decreto 4800 de 2011, se considera víctima del conflicto armado aquellas personas que individual o colectivamente hayan sufrido un daño por hechos ocurridos a partir del primero de enero de 1985 como consecuencia de las violaciones a los derechos humanos en el marco del conflicto armado en Colombia (desplazamiento forzado, homicidio, desaparición forzada, secuestro, delitos contra la integridad sexual, despojo y abandono de tierras, minas antipersonales, hostigamientos, atentados terroristas, reclutamiento a los grupos de menores de edad).

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