RESUMEN DEL FORO SOBRE LAS FOTOMULTAS
La personería municipal asistió en calidad de invitado el 27 de marzo de 2017 en el colegio José Elías Puyana y hace extensivo a toda la comunidad de Floridablanca la siguiente información pública. Igualmente invita a los ciudadanos a activar las acciones administrativas y judiciales a efectos de que los derechos al debido proceso se les respeten en los procedimientos sancionatorios por infracciones de tránsito.
La personería municipal de Floridablanca Con el propósito de capacitar y orientar a los ciudadanos en la defensa de los derechos fundamentales y, en este caso particular y concreto, del debido procedimiento administrativo de tránsito, comparte la razón de la decisión de la corte constitucional contenida en la sentencia C-180 de 2010, que revisó la constitucionalidad del articulado de la ley 769 de 2002 que reglamentaba el procedimiento sancionatorio de tránsito y en la cual precisó lo siguiente:
(…) Por lo tanto, la regla según la cual “En tal caso se enviará por correo dentro de los tres (3) días hábiles siguientes la infracción y sus soportes al propietario, quien estará obligado al pago de la multa”, no establece una forma de responsabilidad objetiva ni viola el derecho al debido proceso, pues una interpretación sistemática y armónica de la misma, permite advertir que el propietario del vehículo está en capacidad de comparecer al proceso administrativo para ejercer la defensa de sus intereses, de manera que la obligación de pagar la multa solo se produce cuando se establezca su culpabilidad, es decir, cuando se pruebe que él fue quien cometió la infracción, o cuando éste lo admita expresa o implícitamente(…).
RESUMEN DEL INFORME DE LAS FOTOMULTAS.
La concesión de la foto-multa se hizo mediante El Contrato 162 de 27 de diciembre de 2011. El Acuerdo 05 de 22 de julio de 2011 de la junta directiva de la Dirección de tránsito y transporte, Autorizó la celebración de la concesión de las Foto-multas. El Contrato 162 de 2011 pactó unas proyecciones financieras a favor del concesionario IEF por $ 159.961 millones de pesos.
La administración municipal actual, para evitar el abuso de las foto-multas y restablecer la autoridad administrativa en cabeza de la dirección de tránsito y transporte de Floridablanca, profirió las Resoluciones 040, 259 y 647 en el año 2016 para reglamentar la recopilación de las evidencias por parte de IEF; la expedición de los comparendos; la planificación de las rutas de los vehículos de la foto-multas y; la información de la ubicación de las cámaras. Igualmente dispuso de más personal en DTTF para atender las peticiones ciudadanas y resolver las absoluciones y revocatorias de comparendo y resoluciones.
Las acciones de la administración municipal arrojaron al finalizar el año 2016 un número de 21.228 comparendos absueltos y resoluciones revocadas de un total de 68.197 comparendos realizados en 2016. Cifras que favorecen a los ciudadanos en atención a los 67.769 comparendos hechos en 2015 de los cuales sólo se revocaron y absolvieron 884.
La administración municipal manifestó que apeló la Sentencia de 10 de agosto de 2016 que declaró la nulidad del acuerdo 05 de julio 22 de 2011 alegando que dicha sentencia ordenó que la duración del contrato era de 5 años y no de 15 años; pero que se debía hacer un arreglo por las expectativas de ingresos que se pactaron en el contrato con la concesionaria IEF por los $159.961 millones de pesos.